Miami
Legislativas

Debatirán una ordenanza sobre agroturismo en Miami-Dade

El 19 de marzo será debatida en la Comisión condal una enmienda al proyecto de ordenanza que regularía el renglón del agroturismo en Miami-Dade.

El agroturismo, un renglón que fusiona la agricultura y el turismo, se viene implementando en otros estados del país y condados de Florida, permitiendo a dueños de predios rurales darles un uso adicional a sus tierras.

En Miami-Dade, esta actividad no se encuentra reglamentada del todo. Por ello, una enmienda al proyecto legislativo del comisionado del distrito 9, Kionne McGhee, bajo el nombre “Información suplementaria para la ordenanza que modifica las regulaciones correspondientes al Distrito de Zonificación Agrícola (AU)”, que será votada el próximo 19 de marzo, podría formalizar ese renglón en el condado.

Diario de las Américas tuvo acceso a la propuesta que será debatida por los 13 miembros de la Comisión de Miami-Dade, entre los cuales tres tienen injerencia directa en las áreas agrícolas de Redland y Homestead, en el sur de esta jurisdicción condal. Además de McGhee, se cuentan Danielle Cohen Higgins, del distrito 8, y Roberto González, del 11.

Apoyo estatal

En opinión del comisionado McGhee, patrocinador principal del proyecto, “el agroturismo debería ser una opción debido a que la legislatura estatal ya nos ha dado esa facultad”.

En efecto, el comisionado de Agricultura de Florida, Wilton Simpson, destacó las oportunidades que ofrece esa actividad económica y dijo que en el estado existe una ley sobre agroturismo, cuyo objetivo es “permitir a los agricultores darles otros “usos comerciales” a sus tierras en labores relacionadas con ese sector productivo.

De acuerdo con Simpson, entre los “usos comerciales” que “permite” la ley SB 1106 se contemplan eventos como bodas, conferencias y la venta de productos agrícolas directamente en las granjas, entre otros, “para atraer a visitantes interesados en participar en actividades agrícolas y aprender sobre la vida en el campo”.

McGhee, quien se ha reunido en diversas ocasiones con promotores de la iniciativa, afirmó que “todas estas personas se han unido para decir no solo que hace demasiado calor en sus granjas, sino que están hartos y cansados de la sobrerregulación del Gobierno”.

Sin embargo, algunos ambientalistas y vecinos de fincas con negocios secundarios en esos predios se han opuesto al proyecto, esgrimiendo argumentos que van desde la tranquilidad en el área hasta el probable vertimiento de patógenos a las fuentes de agua.

Proyecto de ordenanza

La enmienda de la propuesta que se someterá a debate introduce cambios al texto presentado el 11 de octubre en la Comisión del condado, tales como restricciones a la construcción de estructuras para acomodar al público, incluido el uso de inflables, y la distancia que deben tener negocios dedicados al agroturismo respecto a zonas residenciales, entre otros.

En cuanto a espacios para visitantes en los predios, la norma permitiría la construcción de nuevas estructuras o instalaciones destinadas principalmente a albergar, proteger, transportar o de otra manera situar a miembros del público en relación con actividades de agroturismo, siempre y cuando estas estructuras cumplan con varios criterios.

Entre las pautas se menciona que estas construcciones deben ser complementarias a la operación agrícola en tierras clasificadas como tal según los Estatutos de Florida y que no pueden estar “dentro de media milla del límite exterior de una propiedad zonificada como residencial”.

Estos cambios tienen el propósito de ajustar las regulaciones de zonificación y uso de la tierra para fomentar el desarrollo del agroturismo y otras actividades agrícolas, garantizando al mismo tiempo que se protegen los intereses de la comunidad y el entorno rural de Miami-Dade.

Venta de alimentos y vehículos

Asimismo, la iniciativa aborda el tema de los vehículos automotores, como camiones de venta de comida dentro del Distrito de Zonificación Agrícola.

Esta actividad podría ser prestada por vehículos con “servicios públicos autónomos, incluidos, entre otros, gas, agua y eliminación de desechos”. Además, quedaría sujeta a las normas estatales “el almacenamiento, procesamiento o disposición de residuos sólidos o líquidos”.

En el proyecto se lee también que el estacionamiento nocturno de vehículos de expendio de alimentos “está permitido en la propiedad agrícola en la que se utiliza solo cuando el vehículo es propiedad y está operado por el dueño de la propiedad”.

Adicionalmente, estipula que “dichas operaciones de servicio de alimentos móviles solo están permitidas fuera del Límite de Desarrollo Urbano”.

Protección ambiental

El proyecto de ordenanza incorpora varias disposiciones relacionadas con la protección del medio ambiente, particularmente en el contexto de la agricultura y las operaciones agrícolas.

En cuanto al manejo de residuos sólidos y líquidos, se especifica que su almacenamiento, procesamiento o disposición final debe cumplir con los requisitos aplicables de los capítulos 15 y 24 del Código de Miami-Dade.

El capítulo 15 del código condal establece directrices para garantizar un manejo eficiente y ambientalmente responsable de los residuos sólidos, incluyendo la basura doméstica, residuos comerciales, escombros de construcción y demolición, y otros tipos de residuos no peligrosos.

Por su parte, el acápite 24 versa sobre aspectos relacionados con la recolección, tratamiento, y disposición de las aguas residuales, con el objetivo de proteger la salud pública y el medio ambiente. Pone en contexto algunas regulaciones, entre las que destaca la protección de los recursos hídricos.

Eventos musicales

Los espectáculos musicales en el entorno agrícola constituyen un asunto que ha generado alguna controversia entre personas que residen cerca de negocios en donde se realizan este tipo de actividades, principalmente los fines de semana. De hecho, esos eventos son muy comunes a lo largo de la avenida Krome o 177 del suroeste.

El proyecto de ordenanza aborda estas celebraciones como “festividades relacionadas con la granja”, permitidas en propiedades que tienen un uso actual certificado como bodega, cervecería, destilería y otras en el distrito agrícola.

La ordenanza en curso no permitiría más de seis festividades al aire libre relacionadas con la granja por año en cada lugar, y estos espectáculos deberán realizarse entre las 9:00 am y las 11:00 pm. Estarían prohibidos entre 11:00 pm y las 9:00 am.

Lectores: 79

Envianos tu comentario